Cómo se calcula
La Ley Federal del Trabajo (art. 87) obliga a pagar mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre. Si trabajaste menos de un año, te corresponde la parte proporcional.
Para el ISR, el aguinaldo está exento hasta 30 veces la UMA diaria (art. 93, fracción XIV de la Ley del ISR). En 2026 son 30 × $117.31 = $3,519.30. Solo el excedente paga impuesto.
La retención se calcula con el método del artículo 174 del Reglamento de la Ley del ISR: se mensualiza el excedente, se suma a tu sueldo, se aplica la tarifa mensual y se obtiene una tasa.
Más detalle en la metodología y fuentes.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan?
Como mínimo 15 días de salario por un año completo de trabajo. Muchas empresas dan más; escribe en la calculadora los días que marca tu contrato.
¿Cuándo me lo deben pagar?
A más tardar el 20 de diciembre. Si te lo pagan después, puedes reclamarlo.
¿Pago impuestos por el aguinaldo?
Solo por la parte que pasa de 30 UMA ($3,519.30 en 2026). Con sueldos bajos suele quedar casi todo exento.
Entré a mitad de año, ¿me toca completo?
Te toca proporcional a los días trabajados en el año. La calculadora lo ajusta si cambias los días trabajados.
Guías relacionadas
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- Sueldo neto 2026: cómo pasar de bruto a neto con ISR, IMSS y subsidio al empleo
Otras calculadoras
- Finiquito: Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales cuando termina tu relación de trabajo.
- Liquidación por despido: Indemnización de 3 meses, 20 días por año y prima de antigüedad, con salario mínimo de frontera norte si aplica.
- Sueldo neto y bruto: De bruto a neto (y al revés) con ISR 2026, subsidio al empleo y cuotas del IMSS.
- Vacaciones y prima: Cuántos días de vacaciones te tocan por antigüedad y cuánto te pagan de prima vacacional.