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Salario bruto y salario neto: cómo diferenciarlos y qué debes saber como empleado

Guía práctica para entender tu recibo de nómina, distinguir si una oferta de trabajo está en bruto o en neto y saber qué preguntar antes de firmar.

Publicado el · Revisado el · Cifras 2026

En resumen

  • Bruto es lo que se pacta antes de descuentos; neto es lo que te llega. Entre uno y otro están el ISR, tus cuotas del IMSS y, si los tienes, descuentos como Infonavit, Fonacot o pensión alimenticia.
  • «Sueldo bruto», «neto», «libre de impuestos» y «prestaciones de ley» no son términos definidos en la Ley Federal del Trabajo, la Ley del ISR ni la Ley del Seguro Social: si una oferta los usa, pide que lo aclaren por escrito.
  • Tu salario diario es tu sueldo mensual entre 30; el salario con el que cotizas al IMSS es otro y suele ser más alto. Con $10,000.00 al mes, el diario es de $333.33 y el base de cotización estimado, de $349.77.
  • Ejemplo con $22,000.00 brutos al mes: el neto es de $18,582.80. Una oferta de $20,000.00 netos equivale a unos $23,872.41 brutos.

Bruto y neto en pocas palabras

La Ley Federal del Trabajo define el salario como la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo (art. 82), e incluye en él los pagos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue por el trabajo (art. 84). La ley no usa las palabras «bruto» y «neto», pero en la práctica se entienden así:

Los descuentos más comunes son dos. El ISR: quien paga sueldos está obligado a retener el impuesto cada mes (arts. 96 y 99 de la Ley del ISR). Y las cuotas del IMSS a cargo del trabajador: el patrón las retiene al pagarte el sueldo y las entera al Instituto (art. 38 de la Ley del Seguro Social). Si no tienes otros descuentos, neto = bruto − ISR − cuotas del IMSS. El detalle de cómo se calcula cada parte está en la guía de sueldo neto 2026; para estimar el tuyo en un paso, usa la calculadora de sueldo neto.

Los términos que vas a encontrar

Términos de sueldo y qué significan en la práctica
TérminoQué significaOjo con
Sueldo o salario brutoLo pactado antes de descuentos.No es un término legal; confirma si la cifra de tu oferta es bruta.
Sueldo o salario netoLo que llega a tu cuenta después de descuentos.Cambia si tienes descuentos propios (Infonavit, Fonacot, pensión alimenticia).
Sueldo basePuede referirse a la cuota diaria o al sueldo sin bonos ni comisiones, según quien lo use.La ley no define «sueldo base»: pregunta qué incluye y qué no.
Salario diarioEl sueldo de un periodo dividido entre sus días. Si el salario se fija por semana o por mes, se divide entre siete o entre treinta (art. 89 LFT; art. 29 LSS).Un sueldo mensual se divide entre 30, no entre los días que tenga el mes.
Salario base de cotización (SBC)El salario con el que te inscriben en el IMSS: incluye la cuota diaria y otras prestaciones que recibas por tu trabajo (art. 27 LSS).No es lo mismo que tu sueldo. Sirve para calcular cuotas del IMSS.
PercepcionesLo que te pagan en la nómina: sueldo, comisiones, vales, horas extra, etc.No todas se tratan igual para el ISR ni para el IMSS.
DeduccionesLo que se descuenta de tus percepciones: ISR, cuotas del IMSS y otros descuentos permitidos.La ley permite solo ciertos descuentos (ver más abajo).

El salario base de cotización no es tu sueldo

El artículo 27 de la Ley del Seguro Social dice que el salario base de cotización se integra con la cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, y enumera conceptos que se excluyen (por ejemplo, el tiempo extra dentro de los márgenes de la LFT, las despensas hasta cierto límite o las aportaciones del patrón al Infonavit). En la práctica, el aguinaldo y la prima vacacional se incorporan de forma proporcional; la calculadora lo estima con un factor de integración de 1.0493 (15 días de aguinaldo, 12 días de vacaciones y 25 % de prima vacacional). Tu empresa puede calcularlo con otras prestaciones.

Por eso, con un sueldo bruto de $10,000.00 al mes, tu salario diario es de $333.33 pero tu SBC estimado es de $349.77 al día. Ese SBC se usa para las cuotas del IMSS. El ISR, en cambio, se calcula sobre lo que realmente ganas en el mes. El SBC tiene un tope de 25 UMA diarias ($2,932.75 con la UMA de $117.31). Un sueldo y un SBC distintos en tu recibo no son, por sí solos, una señal de error.

Para calcular una indemnización, la ley usa otra base: la cuota diaria más la parte proporcional de las prestaciones del artículo 84 (art. 89 LFT). Eso importa si algún día necesitas calcular un finiquito o una liquidación, y es otra razón para no confundir «mi sueldo» con «mi salario integrado» ni con tu SBC.

Cómo leer tu recibo de nómina

El recibo de nómina puede ser un CFDI (comprobante fiscal digital por Internet). La LFT permite que el CFDI sustituya al recibo impreso y dice que su contenido hará prueba si se verifica en el portal del SAT (art. 101). Además, la Ley del ISR obliga a quien paga sueldos a entregar el comprobante fiscal en la fecha del pago (art. 99, fr. III). El formato exacto lo define tu empresa; estas son cinco cosas que conviene revisar:

  1. Periodo y días pagados. Confirma que corresponden a lo que trabajaste (quincena, semana o mes).
  2. Percepciones. Tu sueldo y cualquier otro pago: comisiones, horas extra, bonos, vales. Revisa que el sueldo coincida con lo que acordaron.
  3. Deducciones. Busca el ISR, las cuotas del IMSS y cualquier otro descuento. Si hay uno que no reconoces, pregunta a quien administra la nómina.
  4. Neto pagado. Debe coincidir con el depósito en tu cuenta.
  5. Tus datos. Nombre, RFC y, si aparecen, el número de seguridad social y el salario diario o el SBC con el que estás registrado.

Si tu sueldo es bajo y ves un ISR muy pequeño o de cero, puede deberse al subsidio para el empleo: en 2026 es de $535.65 al mes para ingresos de hasta $11,492.66 al mes (explicado en la guía de sueldo neto).

¿Tu oferta o tu contrato está en bruto o en neto?

La Ley Federal del Trabajo pide que el escrito de condiciones de trabajo indique, entre otras cosas, la forma y el monto del salario y el día y lugar de pago (art. 25, frs. VI y VII); si falta el escrito, no pierdes tus derechos y la falta se le imputa al patrón (art. 26). Pero ni la LFT, ni la Ley del ISR ni la Ley del Seguro Social definen «salario bruto», «salario neto», «libre de impuestos» ni «prestaciones de ley». Por eso, una cifra suelta como «$20,000 al mes» puede estar en cualquiera de los dos sentidos, y conviene preguntar.

Frases típicas en ofertas de trabajo y qué preguntar
FraseQué pregunta aclara
«$X al mes» (sin más)¿Es bruto o neto? ¿Es el monto antes o después de descuentos?
«$X netos» o «libre de impuestos»¿Quién paga el ISR y las cuotas del IMSS? ¿Está registrado el sueldo completo ante el IMSS y en el recibo de nómina?
«Más prestaciones de ley»¿Cuántos días de aguinaldo, de vacaciones y qué prima vacacional? La ley fija mínimos; la oferta puede dar más.
«Sueldo base de $X»¿Qué más recibo además del sueldo base y cómo se paga (vales, comisiones, bonos)?
«Compensación» o «bono» aparte¿Es fijo o depende de metas? ¿Aparece en el recibo de nómina?

Si la oferta es en neto y quieres compararla con una en bruto, conviene convertirla. Con prestaciones de ley, estas son las equivalencias que calcula la calculadora de sueldo neto:

Oferta en neto y sueldo bruto equivalente (prestaciones de ley, primer año, 2026)
Neto mensual ofrecidoBruto equivalenteISR a pagarIMSS
$10,000.00$10,517.17$249.63$267.54
$20,000.00$23,872.41$3,210.80$661.61
$40,000.00$50,734.90$9,280.67$1,454.23

Estimación informativa. Tu empresa puede calcular distinto y no incluye descuentos como Infonavit, Fonacot o pensión alimenticia.

Si una empresa te ofrece un neto «libre de impuestos», pregunta cómo se cubre la diferencia entre bruto y neto y si tu recibo mostrará el sueldo completo. No asumas nada: pide la respuesta por escrito.

Quincenal, semanal o mensual: por qué se divide entre 30

La LFT dice que los plazos para pagar el salario nunca podrán ser mayores de una semana para quienes desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás (art. 88); con esos plazos como límite, tu empresa define si te paga cada semana, cada quincena u otro periodo. Si el salario se fija por semana o por mes, el salario diario se obtiene dividiendo entre siete o entre treinta (art. 89 LFT); la Ley del Seguro Social usa la misma regla para semana, quincena y mes: entre siete, quince o treinta (art. 29, fr. II).

Ejemplo: $22,000.00 al mes son $733.33 al día, aunque el mes tenga 28 o 31 días. La calculadora de sueldo neto trabaja con el mes completo; el neto quincenal que muestra es la mitad del neto mensual (con $22,000.00 brutos, $9,291.40). Tu recibo quincenal puede diferir de esa mitad, porque tu empresa puede calcular el ISR por periodo. Compara siempre el neto mensual estimado contra la suma de tus pagos del mes.

Lo que no aparece en el neto de la calculadora

La LFT prohíbe los descuentos al salario salvo en los casos que enumera el artículo 110. Los siguientes no están en la calculadora porque dependen de lo que tú hayas contratado o de una orden:

También hay costos de tu empleo que no se descuentan de tu sueldo: el patrón determina y paga las cuotas obrero-patronales a su cargo (art. 15, fr. III LSS) y las empresas aportan 5 % sobre los salarios al Fondo Nacional de la Vivienda (art. 136 LFT). Si ganas exactamente el salario mínimo, la Ley del Seguro Social dice que el patrón paga íntegramente la cuota señalada para los trabajadores (art. 36 LSS) y la Ley del ISR no manda retener ISR a quien en el mes solo percibe un salario mínimo (art. 96); la calculadora no aplica estas excepciones.

Si tienes alguno de estos descuentos, réstalo del neto que te da la calculadora para estimar lo que realmente llega a tu cuenta.

Tres ejemplos con números

De bruto a neto mensual en 2026, con prestaciones de ley del primer año
Sueldo brutoSalario diarioSBC estimadoISR a pagarIMSSNeto mensual
$10,000.00$333.33$349.77$193.37$252.53$9,554.10
$22,000.00$733.33$769.50$2,810.85$606.35$18,582.80
$45,000.00$1,500.00$1,573.97$7,931.82$1,285.00$35,783.18

Estimación informativa con 15 días de aguinaldo, 12 días de vacaciones y 25 % de prima vacacional. Tu recibo puede variar.

Con $10,000.00 brutos, la tarifa de ISR da $729.02, pero el subsidio para el empleo de $535.65 lo reduce a $193.37; en total se va 4.5 % del bruto. Con $22,000.00 ya no hay subsidio (pasa del tope de $11,492.66) y se va 15.5 %. Con $45,000.00 se va 20.5 %. El peso de los descuentos crece con el sueldo.

¿Y los demás pagos del año? Tu aguinaldo (15 días como mínimo, según el art. 87 de la LFT, antes del 20 de diciembre) y la prima vacacional (no menor de 25 % sobre los salarios de las vacaciones, art. 80) también llegan con descuentos de ISR. Para calcularlos usa la guía de aguinaldo 2026.

Preguntas para hacer antes de aceptar una oferta

  1. ¿El sueldo que me ofrecen es bruto o neto?
  2. ¿Cada cuánto me pagan (semana, quincena, mes) y qué día?
  3. ¿Con qué sueldo me van a dar de alta en el IMSS, y se actualizará si me suben el sueldo?
  4. ¿Cuántos días de aguinaldo, de vacaciones y qué prima vacacional incluye la oferta?
  5. ¿Hay bonos, comisiones o vales? ¿Son fijos? ¿Aparecen en el recibo?
  6. ¿Habrá algún descuento adicional (caja de ahorro, cuotas, seguros)? ¿Es opcional?
  7. ¿El contrato o el escrito de condiciones de trabajo quedará por escrito con el monto del salario y la fecha de pago?

Cuándo pedir tu recibo y revisar tu alta en el IMSS

Estos son momentos en que conviene pedir tu recibo o CFDI de nómina y compararlo con lo acordado: al cobrar tu primer pago, cuando te cambien el sueldo o las prestaciones, si algún descuento no te cuadra y cuando termines la relación laboral. La ley te respalda: debes tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago y puedes pedir que te entreguen el recibo impreso (art. 101 LFT). También puedes pedir, cada quince días, una constancia escrita de los días trabajados y el salario percibido (art. 132, fr. VII). Conserva tus recibos: el patrón debe conservar y exhibir en juicio los recibos de pago del último año y un año después de que termine la relación (art. 804 LFT), pero tenerlos tú también te facilita cualquier aclaración.

Sobre tu alta en el IMSS: la Ley del Seguro Social obliga al patrón a inscribirte, comunicar tus altas, bajas y modificaciones de salario en plazos no mayores de cinco días hábiles (art. 15, fr. I) y a inscribirte con el salario base de cotización que percibes (art. 28). Tú también tienes derecho de solicitar al Instituto tu inscripción y de comunicarle modificaciones de tu salario (art. 18). Si crees que estás dado de alta con un salario menor al que ganas, o que no estás dado de alta, primero aclara con tu empresa y revisa en los canales oficiales del IMSS los pasos vigentes para consultar tu alta y tu salario registrado.

Estimación informativa con cifras 2026. Tu recibo puede diferir según prestaciones superiores a la ley, periodos de pago y descuentos propios. No es asesoría legal ni fiscal. Si tienes una diferencia con tu empresa, consulta a un abogado laboral o a la autoridad correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es mayor, el sueldo bruto o el neto?

El bruto. Es el monto antes de descuentos. El neto es lo que queda después de restar el ISR, las cuotas del IMSS a cargo del trabajador y otros descuentos, como Infonavit o Fonacot, si los tienes.

Si mi oferta dice «$20,000 al mes», ¿es bruto o neto?

No hay una regla legal que lo defina: ni la Ley Federal del Trabajo, ni la Ley del ISR ni la Ley del Seguro Social usan «bruto» o «neto» como términos definidos. Pregunta antes de aceptar y pide que el monto y su naturaleza queden por escrito.

¿Por qué el salario con el que me dan de alta en el IMSS es distinto a mi sueldo?

Porque el IMSS usa el salario base de cotización, que se integra con la cuota diaria y otras prestaciones que recibes por tu trabajo (art. 27 de la Ley del Seguro Social). Por eso suele ser mayor que tu sueldo diario.

¿Qué descuentos pueden hacerme además del ISR y el IMSS?

Solo los que permite el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, por ejemplo abonos de crédito Infonavit o Fonacot aceptados libremente, pensión alimenticia decretada por la autoridad, cuota sindical ordinaria, cajas de ahorro con tu consentimiento y ciertos anticipos con límites.

¿Puedo pedirle a mi empresa mi recibo de nómina?

Sí. La ley dice que debes tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago y que el recibo se entrega impreso o por otro medio; si lo pides, el patrón debe entregarlo impreso (art. 101 de la LFT). El CFDI puede sustituir al recibo impreso.

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Fuentes

Consultadas el 7 de noviembre de 2026. Los enlaces llevan a las leyes y publicaciones oficiales.